LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (LEY 32069) · II — ACTORES INVOLUCRADOS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA · I — ACTORES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Artículo 9. Actores del proceso de contratación
Aprende qué regula este artículo, revisa el texto oficial y practica con quiz gratuito.
Resumen del artículo
El artículo 9 de la Ley 32069 establece la estructura institucional que sostiene todo el sistema de contratación pública en el Perú, identificando a cinco actores con roles diferenciados y complementarios. Esta organización responde a un modelo de gobernanza donde cada entidad cumple una función específica: la formulación de políticas, la supervisión técnica, la ejecución de compras corporativas, la implementación operativa y la provisión de bienes y servicios.
Es fundamental que el estudiante comprenda que la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del MEF actúa como ente rector de política pública en materia de abastecimiento, mientras que el OECE cumple una función técnica especializada de supervisión, capacitación y resolución de controversias, distinta de la rectoría política. Por su parte, Perú Compras se encarga de las compras corporativas y catálogos electrónicos, optimizando la eficiencia mediante economías de escala. Las entidades contratantes son quienes ejecutan directamente los procesos de contratación para satisfacer sus necesidades institucionales, y los proveedores constituyen la contraparte privada que oferta bienes, servicios u obras.
Entender esta distribución de competencias es esencial para el examen OECE porque las preguntas suelen evaluar si el postulante puede diferenciar correctamente las atribuciones de cada actor, evitando confusiones comunes como atribuir funciones de rectoría al OECE cuando en realidad corresponden a la DGA, o viceversa. Esta claridad conceptual también resulta clave en la práctica profesional, pues determina a qué entidad dirigirse según el tipo de consulta, trámite o controversia que se presente durante un proceso de contratación pública.
Espacio para anuncio (Adsense)
Puntos clave
- La DGA del MEF es el ente rector de política en materia de abastecimiento público
- El OECE cumple función técnica especializada de supervisión y resolución de controversias
- Perú Compras gestiona las compras corporativas y catálogos electrónicos del Estado
- Las entidades contratantes ejecutan directamente los procesos de contratación pública
- Los proveedores son la contraparte privada que oferta bienes, servicios u obras
Texto oficial del artículo
En el proceso de contratación pública participan los siguientes actores:
a) La Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas (DGA).
b) El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE).
c) La Central de Compras Públicas (Perú Compras).
d) Las entidades contratantes.
e) Los proveedores.
Espacio para anuncio (Adsense)
¿Cómo entender este artículo?
Un error frecuente entre los postulantes al examen OECE es confundir las funciones de la DGA con las del OECE, atribuyendo erróneamente la rectoría de política pública al organismo supervisor o viceversa. La DGA, al pertenecer al MEF, define lineamientos y políticas generales del sistema, mientras que el OECE se enfoca en la supervisión técnica, fiscalización, capacitación y solución de controversias mediante el Tribunal de Contrataciones.
Otra confusión habitual es no distinguir claramente entre Perú Compras, que ejecuta compras corporativas obligatorias o facultativas, y las entidades contratantes, que llevan a cabo sus propios procesos de manera autónoma. En la práctica, reconocer estas diferencias permite identificar correctamente ante qué instancia corresponde presentar consultas, reclamos o solicitudes según la naturaleza del proceso de contratación involucrado.