365
OECE365Estudia contrataciones sin perderte
Inicio
REGLAMENTO DE LA LEY 32069 · V-PROCESO-DE-CONTRATACION-DE-OBRAS-Y-CONSULTORIA-DE-OBRAS — PROCESO DE CONTRATACIÓN DE OBRAS Y CONSULTORÍA DE OBRAS · III-DISPOSICIONES-ESPECIFICAS-PARA-LA-EJECUCION-CONTRACTUAL-DE-OBRAS-Y-CONSULTORIA-DE-OBRAS — DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRAS Y CONSULTORÍA DE OBRAS

Artículo 172. Jefe de elaboración del expediente técnico

Aprende qué regula este artículo, revisa el texto oficial y practica con quiz gratuito.

Resumen del artículo

Resumen en preparación — mientras tanto, revisa el texto oficial abajo.

Espacio para anuncio (Adsense)

Texto oficial del artículo

172.1. En caso un contratista se encuentre a cargo de la elaboración del expediente técnico, éste designa a un jefe de elaboración del expediente técnico, quien es el responsable técnico de su elaboración.

172.2. El jefe de elaboración del expediente técnico es un profesional colegiado, habilitado y especializado designado por el contratista consultor de obra, quien es ingeniero o arquitecto, según el objeto de la obra. En la estrategia de contratación se determina el tiempo de experiencia en la especialidad y subespecialidad que debe acreditar en función de la envergadura y complejidad de este.

172.3. En caso la entidad contratante elabore directamente el expediente técnico, el responsable de la elaboración, aprobación y/o conformidad de la elaboración de expedientes técnicos hace las veces de jefe de elaboración del expediente técnico.

Espacio para anuncio (Adsense)

Practica este artículo

Pon a prueba lo que acabas de leer con un quiz gratuito de este grupo de artículos.