365
OECE365Estudia contrataciones sin perderte
Inicio
REGLAMENTO DE LA LEY 32069 · XI-SOLUCION-DE-CONTROVERSIAS-DESDE-EL-PERFECCIONAMIENTO-DEL-CONTRATO — SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DESDE EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO · III-MECANISMOS-DE-SOLUCION-DE-CONTROVERSIAS-CONTRACTUALES — MECANISMOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

Artículo 347. Conformación de la JPRD

Aprende qué regula este artículo, revisa el texto oficial y practica con quiz gratuito.

Resumen del artículo

Resumen en preparación — mientras tanto, revisa el texto oficial abajo.

Espacio para anuncio (Adsense)

Texto oficial del artículo

347.1. En el caso de contratos de obras, la JPRD puede estar integrada por uno o por tres miembros, según acuerden las partes. A falta de acuerdo entre las partes, la JPRD se integra por un miembro cuando el monto del respectivo contrato tenga un valor menor a S/ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 soles); y, por tres miembros cuando el monto del respectivo contrato de obra tenga un valor igual o superior a dicho monto.

347.2. En el caso de contratos de suministro, la JPRD se integra por un miembro.

347.3. En el caso de contratos de obra bajo sistemas de entrega distintos a solo construcción, en las bases del procedimiento de selección se puede establecer que la JPRD puede modificar su conformación para cada uno de los componentes del contrato, tomando en cuenta la experiencia y especialización de los miembros de manera diferenciada. El presidente de la JPRD permanece como tal para todos los componentes del contrato.

Espacio para anuncio (Adsense)

Practica este artículo

Pon a prueba lo que acabas de leer con un quiz gratuito de este grupo de artículos.