365
OECE365Estudia contrataciones sin perderte
Inicio
REGLAMENTO DE LA LEY 32069 · Disposiciones Complementarias Transitorias

DECIMOSEXTA. Implementación progresiva y pilotos para la utilización de Acuerdos Marco

Aprende qué regula este artículo, revisa el texto oficial y practica con quiz gratuito.

Resumen del artículo

Esta disposición transitoria regula cómo se implementará en la práctica el uso de los Acuerdos Marco, mecanismo de contratación pública definido en el artículo 245 del Reglamento de la Ley 32069. En lugar de aplicarse de manera inmediata y generalizada a todas las entidades contratantes del Estado peruano, la norma establece que su adopción será progresiva, a través de un esquema de pilotos o pruebas controladas. Esto significa que no todas las entidades públicas podrán usar los Acuerdos Marco desde el inicio, sino que se irán incorporando gradualmente según lo determine la autoridad competente. La Dirección General de Abastecimiento (DGA) es el ente responsable de identificar y designar, mediante resolución directoral, cuáles entidades contratantes formarán parte de estos pilotos iniciales. Esta designación no es aleatoria ni queda a criterio de cada entidad, sino que responde a una decisión institucional centralizada que busca evaluar el funcionamiento del sistema antes de su expansión total. Un elemento importante es que las entidades seleccionadas para los pilotos no quedan solas en el proceso: cuentan con el acompañamiento de Perú Compras, la Central de Compras Públicas del Estado. Esto es relevante para los estudiantes porque refleja la lógica de implementación gradual que caracteriza a las reformas del sistema de contrataciones públicas, permitiendo detectar problemas operativos, ajustar procedimientos y capacitar a los actores involucrados antes de una aplicación masiva. Comprender este mecanismo ayuda a entender por qué, en la práctica, no todas las entidades del Estado tendrán acceso inmediato a esta modalidad de contratación tras la entrada en vigencia de la nueva ley.
Espacio para anuncio (Adsense)

Puntos clave

  • La implementación de los Acuerdos Marco del artículo 245 es progresiva, no inmediata ni general
  • La DGA establece mediante resolución directoral qué entidades participan en los pilotos
  • Perú Compras brinda acompañamiento técnico a las entidades seleccionadas para los pilotos
  • No todas las entidades contratantes pueden usar Acuerdos Marco desde el inicio de la ley
  • El esquema de pilotos busca validar el funcionamiento del sistema antes de su expansión total

Texto oficial del artículo

  1. La implementación de la utilización por parte de las entidades contratantes de los Acuerdos Marco señalados en el artículo 245 es progresiva y se realiza mediante pilotos.

  2. La DGA, mediante resolución directoral, establece las entidades contratantes que pueden utilizar los acuerdos marco mediante pilotos, los cuales cuentan con el acompañamiento de Perú Compras.

Espacio para anuncio (Adsense)

¿Cómo entender este artículo?

Un error común entre los estudiantes es asumir que, al entrar en vigencia la Ley 32069, todas las entidades del Estado pueden utilizar automáticamente los Acuerdos Marco regulados en el artículo 245. Esta disposición transitoria aclara que esto no es así: el acceso a este mecanismo depende de una designación expresa mediante resolución directoral de la DGA, dentro de un esquema experimental de pilotos. En la práctica, para el examen OECE es clave recordar dos actores con roles distintos: la DGA decide qué entidades participan (función normativa y de designación), mientras que Perú Compras acompaña operativamente a esas entidades durante el piloto (función de soporte técnico). Confundir estos roles, o asumir que cualquier entidad puede incorporarse por iniciativa propia, es un error frecuente que debe evitarse al interpretar esta norma.

Practica este artículo

Pon a prueba lo que acabas de leer con un quiz gratuito de este grupo de artículos.